VILLABONA: v. con ayunt. en la prov. de
Guipúzcoa, part. jud. de
Tolosa (4 leg.). Está unida desde el año 1620 con la de
Amasa, en cuyo art. (V.) se dijo todo lo relativo a SIT., CLIMA, parr., TÉM., TERRENO,
CAMINOS,
CORREO, PROD., POBL. y RIQUEZA. Se diferencian, sin embargo las dos v., en que Villabona se significa más propiamente al designar la
calle por donde cruza el
camino real, a cuyos lados habrá unas 40
CASAS -. lo demás son cas. dispersos. En la citada calle hay una
ermita (Santiago), un
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