Alguien me puede decir hasta cuándo se puede pedir el permiso para quemar rastrojos
Objeto:
Comunicación para la quema de restos vegetales agrícolas acumulados en pequeños montones situados en terrenos labrados,
huertos y prados, fuera de la Época de Peligro Alto (periodo de quema entre el 16 de octubre y el 31 de mayo), en los terrenos forestales y en la franja de 400 m que los rodea. Se considera actividad prohibida durante todo el año la quema de rastrojos.
¿Quién lo puede solicitar?:
Personas Físicas con capacidad jurídica y de obrar y Personas Jurídicas
¿Qué requisitos
... (ver texto completo)