VILLABONA: v. con ayunt. en la prov. de Guipúzcoa, part. jud. de Tolosa (4 leg.). Está unida desde el año 1620 con la de Amasa, en cuyo art. (V.) se dijo todo lo relativo a SIT., CLIMA, parr., TÉM., TERRENO, CAMINOS, CORREO, PROD., POBL. y RIQUEZA. Se diferencian, sin embargo las dos v., en que Villabona se significa más propiamente al designar la calle por donde cruza el camino real, a cuyos lados habrá unas 40 CASAS -. lo demás son cas. dispersos. En la citada calle hay una ermita (Santiago), un ... (ver texto completo)