Aspectos institucionales.- Los concejos eran, en esta época, centros de poder que competían con los centros de decisión señoriales o monárquicos y sobre los mismos espacios o territorios.
Las instituciones municipales se articulaban en torno a unos grandes troncos de oficios públicos como eran los encargados de ejercer la justicia, en la doble vertiente judicial y de mantenimiento del orden; corregidores, alcaldes, alguaciles así como otros cargos más cercanos, los regidores. En ellos recaía la responsabilidad de gobierno, de administración general como política agraria, reparto de carga fiscal, mercados, abastecimiento, etc, siempre que concurriera con las decisiones de los reyes o de los señores de la villa.
También existían los oficios de representación de pecheros; sexmeros y procuradores de los pecheros y ya en menor importancia estaban los oficios de gestión como los encargados de controlar el mercado, mensajeros, escribanos, etc.
La justicia se ejercía en los concejos de ciudad o villa, o sea, en los concejos cabeceros y no en los concejos rurales, que dependían de aquellos. La figura del “juez del concejo” que en los S. XII-XIII no era quien juzgaba, lo hacían los alcaldes, pero era de gran relieve pues era la autoridad que conducía y organizaba las milicias concejiles, dejó de tener significado a lo largo del S. XII, pero no perdió la atribución local de la justicia. A finales del S. XIII se va estableciendo una pugna entre los sistemas de justicia de fuero y las llamadas “de fuera” o de “salarios”, en que unos alcaldes venidos de fuera o por lo menos no designados por las fuerzas locales, sino por reyes o señores jurisdiccionales, ejercían a cambio de un salario unas funciones judiciales que escapaba al control local, donde lo hubo, se convirtió en la máxima autoridad judicial de los concejos al ejercer la doble función de “juez y corregidor”.
Muchos concejos mantuvieron durante largas etapas alcaldes locales y aunque puede afirmarse que fue en la justicia donde mas competencias perdieron los concejos de la época bajomedieval, en modo alguno fue un proceso automático o simple, en muchos lugares se mantuvo el nombrar “alcaldes por nuestro fuero”.
Los regidores fueron los principales dirigentes de los concejos. Alfonso XI fue quien estableció que un número de personas gobernara las villas y ciudades.
En Mayo de 1.475 la ciudad recibía al rey don Fernando solemnemente. En nombre de la Ciudad, Rodrigo Maldonado de Talavera, tomó la palabra para afirmar que Salamanca era “muy leal e muy noble”.
De la H. de Salamanca. (41)
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