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Mensajes de BARBADILLO (Salamanca) enviados por Barbadillo:

La presencia de la Alta Nobleza.- Sobre todo en la segunda mitad del S. XV se movía en un radio de acción mucho más amplio que la vida local o comarcal de los concejos urbanos. Constituían auténticas potencias regionales o interregionales que pugnaban entre ellas y la monarquía con sus pugnas políticas, dinásticas o complejos juegos de alianzas que sacudieron toda la Edad Media y que hallaron en la época Trastámara uno de los periodos más intensos.
Los infantes de Aragón.- Ledesma, Alba, Salvatierra, ... (ver texto completo)
Hoy finalizaban nuestras fiestas con la "corrida de cintas", fiestas con la que los mozos que se iban incorporando a filas decían adiós al pueblo durante una buena temporada y no digamos los que le tocaban al África. Yo siempre conocí correr las cintas con bicicleta, supongo que anteriormente se realizarían con burros. Y luego, el baile. Ese baile donde los disfraces y sorpresas como la vaca hacían su aparición barriendo de la pista a todos los bailarines entre los gritos de las mozas que buscaban ... (ver texto completo)
LA IGLESIA Y EL ESTADO.- A) Diócesis, iglesias propias y monasterios.
La invasión musulmana supuso para la Iglesia quedar dividida en dos: la de los núcleos de resistencia en el norte y las iglesias mozárabes en los territorios musulmanes. La primera de ellas se irá reorganizando conforme avance la reconquista. La segunda mantendrá la disciplina visigoda y sus ritos litúrgicos, que se conocen como ritos mozárabes.
Al principio fue preciso que los temas eclesiásticos quedasen subsumidos en los generales ... (ver texto completo)
Otras villas.- De menor rango que corrieron suerte similar fueron Salvatierra de Tormes que después de pasar por D. Enrique (infante de Aragón) acabó en la casa de Alba.
Montemayor.- En 1.350 pertenece al infante D. Juan, hijo de Alfonso XI, acabando finalmente en los Silva, linaje reciente de la nobleza castellana de origen portugués con el título de marqués.
Granadilla.- Con sus aldeas de Sotoserrano y la Alberca también forma parte del señorío de D. Juan, hijo de Alfonso XI, pasando por los ... (ver texto completo)
Febrero saludaba al pueblo con las Candelas y las Águedas (Un merecido reconocimiento al valor de las mujeres charras que como heroínas se comportaron en las Guerras contra Portugal haciéndose un lugar en la historia de nuestra provincia. En reconocimiento a su valor, toman por un día el mando de vida y haciendas de los pueblos de nuestra provincia). Hoy, apenas queda representación de aquellos acontecimientos en nuestros pueblos cuando el alcalde entregaba el bastón de mando a las mujeres y éstas ... (ver texto completo)
Enhorabuena, Luis, por la nieta. Te deseamos que todo marche bien y lleve alegría tanto a sus padres como abuelos. Un saludo desde estas tierras. Rober
La administración de justicia y las relaciones con la Iglesia.- En los primeros años de la reconquista supondrá el predominio de la justicia privada, donde lo esencial es la autoprotección como forma de actuación puesto que el monarca es incapaz de garantizar el orden de ahí que los particulares tengan que aplicar por sí mismos la justicia y aparezca la venganza de sangre, la persecución y castigo de los delincuentes por los parientes de las víctimas, y la prenda extrajudicial (para asegurarse del ... (ver texto completo)
La organización municipal en la Baja Edad Media, debido a la imposibilidad de celebrar las asambleas con los cada vez más numerosos vecinos, y a la complejidad que fue adquiriendo el municipio como institución, asistió a la sustitución del concejo abierto por un concejo cerrado que absorbería definitivamente las competencias de aquél y que se haría representar por una corporación llamada Cabildo o ayuntamiento cuyo control fue objeto de las apetencias de los monarcas, de los nobles y de las propias ... (ver texto completo)
Villas señoriales.-Ledesma.- A partir del S. XIII (como muchas villas castellanas) fue alternando periodos de realengo y señorío. En 1.384 doña Leonor, señora de Haro, hija de Sancho y Beatriz, integra la villa en los dominios de su marido, don Fernando de Antequera, tío carnal de Juan II, regente en su minoría, futuro rey de Aragón, principal personaje de la península en la segunda década del S. XV, hasta su muerte en 1.416 y padre de los llamados “infantes de Aragón”. El 11 de Mayo de 1.411 don ... (ver texto completo)
Un saludo para todos. Finalizamos estas Fiestas con nuestros queridos Reyes Magos que también pasaron por Barbadillo para disfrute de los más peques. Animar a todas esas mujeres que impulsan estos pequeños ratos de ilusión motivando a nuestros representantes (Alcalde, concejales, alguacil, etc) para que no caiga en olvido una tradición tan nuestra. Y por supuesto felicitar a toda esa gente que año tras año participa en esa Cabalgata para hacer soñar a los más pequeños.
Creo que el Ayuntamiento se ... (ver texto completo)
Os aseguro que esta vez me ha gustado entrar en el foro y ver que seguimos asomándonos a nuestra ventana. Feliz año.
Socorro, enhorabuena por la llegada de la nueva nieta (Asturiana de nacimiento pero de corazón salmantino). Adelia, Luis, Gusti, recuerdos para todos y un saludo para vuestras familias (Sr. Avelino, Isabel, tus hermanos Jose, Ignacia, Francis). Paloma, recuerdos para vosotros, Belly y tu madre (se os hecha de menos en la plaza).
María, Juani me dijo que os habíais encontrado de nuevo. ... (ver texto completo)
Casa del cura.- Una casa en el casco del Pueblo de Barbadillo con huerto, cuadras, pajares y corral adyacentes, todo en una manzana que linda al Norte con posesiones de Francisco Alvarez y José Manuel Hernández, de esta vecindad, al Mediodía con casa y corral de Agustín Manzaneda y al Oriente y Poniente con calles públicas.

(En este espacio tenía que haber salido el croquis de la casa, pero no soy capaz de incorporarlo)

1º.- Puerta principal y portal tejivano, con piso de barro y unas albacinas ... (ver texto completo)
L-139/21 En 1.811 fray Alonso del Castillo comienza a llevar los ingresos y gastos de la fábrica (parroquia de Barbadillo), el anterior D. José Muñoz no había dejado libro alguno.
En él va anotando el importe del trigo, menudos, garrobas, alberjas, muelas, avena, así como otros ingresos de la iglesia por sepultura, etc. También los gastos de todos tipo, reparaciones de vigas, adecentamiento y útiles de la iglesia, etc..
Hay notas curiosas como: El día 17,18,19 de Noviembre de 1.812 y aún en los ... (ver texto completo)
Este mes de Diciembre (mes de reencuentro de familias para celebrar las Fiestas navideñas) también ha sido un mes de despedidas. Primero falleció el Sr. Mané, conocido precisamente por su molino y su almacén de cemento, material de construcción, etc. (Por cierto que era de donde, digamos tomábamos prestadas las barolas que atadas unas a otras lográbamos hacer llegar la bandera que los Quintos colocábamos en lo alto del juego de pelota. El invento consistía en que unos mozos a otros nos aupábamos ... (ver texto completo)
Felices Fiestas para todos. Salud y que no falte la esperanza. Rober
En el territorio de un municipio cabía diferenciar:
1º.- El casco urbano que se dividía en barrios, parroquias o collaciones.
2º.- Las tierras de cultivo y prados de propiedad individual, y las tierras comunales que pertenecen a la comunidad para su aprovechamiento en común.
3º.- El alfoz o territorio en torno al municipio de amplitud variable sobre el que éste ejercía su jurisdicción y que se dividía en sexmos.

Los tipos de municipio eran de señorío, los cuales estaban sometidos a un señor ... (ver texto completo)
Villas señoriales.- Se podía considerar como concejos de villa y tierra de tipo medio. En el S. XIII se encuadran dentro del realengo. Hasta mediados del S. XIV se mueven entre el realengo y la concesión de señoríos a miembros de la familia real, vinculados a la descendencia de Alfonso X, Sancho IV, Fernando IV o la de Alfonso XI.
En una segunda fase que corresponde a los primeros Trastámaras, Enrique II con sus “mercedes manriqueñas” señorializó gran parte de las villas castellanas, esta etapa ... (ver texto completo)
Intentando retomar el contacto con los libros sobre Barbadillo, tenemos que L-139/31 en el que con una caligrafía excelente, D. Nicolás Hernández Pérez, cura párroco de la de Santo Domingo de Guzmán de este pueblo de Barbadillo y su anejo Galindo, nos deja un estudio pormenorizado sobre los bienes con que cuenta la parroquia a fecha 30 de Agosto de 1878.
Nos dice que Barbadillo con la casa de camineros y ventorro, situado en el término del mismo junto a la carretera de Ciudad Rodrigo tiene 217 vecinos ... (ver texto completo)
Me he enterado del reciente fallecimiento del Sr. Mané (José Manuel Bazo Bazo), mi más sincero pésame para sus hijas Gloria y Francis así como para el resto de su familia. Rober
Orígenes del municipio medieval.- Los municipios son entidades de derecho público con jurisdicción y autonomía constituidas por el Concejo local y regidas y administradas por sus propios magistrados y oficiales.
El régimen municipal medieval castellano no es uniforme al ampararse en distintos modelos como el Fuero de León, Fuero de Cuenca, Fuero Juzgo y Fuero Real pero en la Baja Edad Media tenderán hacia su unificación y hacia la pérdida de autonomía en beneficio de la autoridad real.
Los elementos ... (ver texto completo)
Ciudad Rodrigo.- También con sede episcopal fue siempre ciudad de realengo, su vecindad con Portugal, en la guerra y en la paz. Ser un bastión fronterizo tuvo su cara y su cruz para C. Rodrigo: Ocasionó a veces la destrucción de la ciudad y su Tierra, pero también atrajo privilegios regios y consciencia regia y también respecto de la transcendencia de ser enclave estratégico.
Su titularidad realenga también fue amenazada por las apetencias de grandes linajes nobles que pusieron sus ojos en la ciudad. ... (ver texto completo)
La Administración Territorial y Local.- La estructura administrativa territorial se fue organizando en los Estados cristianos de la reconquista de una manera paulatina desde el S. VIII y evolucionó según las necesidades pero, en términos generales, estuvo inspirada en la organización del gobierno hispano-godo y en la administración del Imperio carolingio.
Como punto de partida hay que referirse a la existencia de dos tipos de territorio: el que depende de la corona, llamado territorio de realengo, y el que depende de los señores por haberles sido dado por el rey, llamado territorio de señorío.
Los primeros esquemas de organización territorial en los núcleos políticos de la reconquista se redujeron a la creación de pequeños distritos militares a cuyo frente quedaban magnates y señores.
Hasta el S. XII el territorio de la España cristiana se ordenó mediante Condados (comitatus) de extensión más o menos variable y sujetos a cambios debidos a la proximidad con la frontera, y a que el rey a veces decidía incorporar o separar tierras en ellos.
En Galicia, Alfonso III dividió el reino en varias Tenencias o Condados menores que eran demarcaciones territoriales con un Tenente al frente, surgidas de la necesidad del hecho bélico de la reconquista y ubicadas en lugares de cierto valor estratégico.
En Asturias-León aparecieron pronto las Mandaciones, de límites inseguros, coincidentes o no con las comarcas naturales. Sus encargados o Mandans actuaban en nombre del rey con títulos variables hasta que comenzó a llamarse Condes que suponía ya una dignidad personal superior y podían regir dos distritos a la vez, o compartir uno solo con otro conde.
Castilla fue en origen un Condado ubicado en la franja sur oriental del reino Astur-leonés, con numerosas fortalezas a las que el monarca encomendó la defensa de esa zona fronteriza. Posteriormente Fernán González se independizó de León y reunió diversos condados en uno solo que en 1035 quedaría convertido en reino. A finales del S. XII el rey de Castilla ostentaba ya las titulaciones de rey de Toledo, de la Extremadura castellana, de Nájera y de Castilla.
Al frente de estas unidades territoriales estaban los Condes, Potestades o Tenentes como representantes del Rey encargados de la defensa y del orden público, también administraba justicia y recaudaban tributos; dirigían la repoblación, dictaban ordenamientos y presidían las asambleas del condado.
De la H. del Derecho y las Instituciones. (38) ... (ver texto completo)
Ciudades “realengo”.- Salamanca ciudad que permaneció durante toda la Edad Media vinculada al realengo, con sede episcopal y representación en cortes. En la Baja Edad Media fue regida por personas vinculadas a los monarcas pero no mediante el ejercicio directo de la autoridad del señorío real por parte de los mismos reyes, en esta época hubo coyunturas críticas en la historia de Salamanca que resultaron encrucijadas que pudieron haber roto la regla básica de lealtad sustancial a la corona o que pudieron ... (ver texto completo)
Para los oficios de jurisdicción se debía poseer más de veinte años, ser varón, no padecer enfermedad prolongada que le incapacitara para el desempeño del oficio ni defectos físicos del tipo de sordera, ceguera, mudez o locura; poseer temor de Dios y juramento de fidelidad al monarca, de respeto al orden jurídico y de justo cumplimiento de su misión, a veces debía garantizar su labor con la entrega de una fianza; ser de buena fama, honrado…, esforzado “e non codicioso”. También debía poseer ciertos bienes de fortuna, profesar la fe católica. No se podía tener más de un oficio ni estar en situación de servidumbre.
El desempeño de un oficio suponía una serie de derechos que se concretan fundamentalmente en el cobro de retribuciones y el gozar de cierta inmunidad, como no poder ser acusado mientras desempeñaba el ejercicio de su cargo por los errores cometidos en el mismo salvo perjuicio vidente así como exenciones tributarias.
El control de estos oficios se venía llevando a cabo por los Pesquisidores, Veedores, Visitadores, ante los cuales todos los oficiales estaban obligados a rendir cuentas de su actuación, sobre todo los que ostentaban funciones económicas y judiciales.
Dentro de los oficios principales tenemos el de Alférez, que se encontraba al frente de la milicia y guarda y defensa del rey, guiando al ejército en combate cuando el rey estaba ausente. También está la figura del Condestable, ocupado largo tiempo por los condes de Haro y suprimido por Felipe V. En 1254 se crea el de Almirante Mayor de Castilla para los contingentes navales.
El Consejo de Castilla, atribuido a Fernando III, estaba formado por cuatro prelados, cuatro caballeros y cuatro ciudadanos, su función no solo era consultiva sino que entendía de todo excepto en la administración de justicia. Con el Reinado de los Reyes Católicos se le da un nuevo impulso como órgano de competencias jurisdiccionales, ocupándose de temas administrativos contando con la presencia de técnicos en derecho. Dividiéndose en salas que se ocupaban de las cuestiones internacionales, de Justicia, de Hacienda y de Hermandades.
De la H. del Derecho y las Instituciones. (37) ... (ver texto completo)
Ciudades Realengos, Villas señoriales y pequeños concejos.- Durante los S. XIV y XV la provincia de Salamanca carecía de identidad histórica, en ella coexistían diversas fuentes de poder y ámbitos jurisdiccionales, unas dependían de rey, otras de los señores y otras de los concejos, siendo estos los que articulaban el territorio. Todas las aldeas o pequeños grupos de poblamiento tenían su concejo que a su vez estaban integrados en otros superiores que tenían como capital una ciudad o una villa.
Durante ... (ver texto completo)
Jhb. Procuraré pasar algún día (no muy lejano) por Villarmayor y preguntar por ti. Si a caso va pasando mucho tiempo procuraré ponerme en contacto contigo. Un saludo. Rober
Entre los espacios señoriales y los de realengo existe la diferencia en la que en los primeros actuaban de forma directa los nobles, mientras que en los de realengo intervenían el concejo de la capital y los representantes de los pueblos.
Esta desigualdad explica el desarrollo demográfico de algunas villas de señorío, con constantes desplazamientos de poblaciones. Con el fin de incrementar el nº de vasallos los señores practicaron variados métodos intentando incrementar la riqueza de estos y con ... (ver texto completo)
En 1.495 los Reyes Católicos disponen que los pueblos salmantinos que ya tenían más de doce vecinos podía tener un alcalde que juzgase pleitos de cuantía inferior a sesenta maravedíes.
Durante el final del S. XV el proceso de despoblación sufrió una desaceleración motivado por una funcionalidad distinta de los pueblos en relación con los cultivos y otros aprovechamientos de entorno y por intervención directa de los poderes señoriales y concejos que provocaron una reorganización del espacio.
En ... (ver texto completo)
Ola soy el de villarmayor pueblo cercano al tu yo te comente que había escrito un libro sobre la historia de villarmayor y ya lo tengo a la venta es muy bonito con muchas fotos antiguas a la gente del pueblo le agustado mucho
Enhorabuena por ver cumplido tu esfuerzo. Si me dices el título del libro trataré de leerlo. Hoy día existe un cambio muy grande en comparación con la relación que hemos tenido nosotros con el pueblo, tanto en la forma de desarrollar los trabajos, costumbres, escuelas, social, de medios y de forma de vida que parecemos que pertenecemos a generaciones que distan años luz unas de otras. Cosas que hoy día los jóvenes desarrollan con toda naturalidad a nosotros nos parecían imposibles. Hemos cambiado ... (ver texto completo)
La Administración Central en la España Medieval.- Partiendo de la teoría del origen divino del poder real, se considera que las funciones del monarca son gobernar, legislar y administrar justicia siendo también a quien corresponde nombrar oficiales en los que delegaba parte de sus funciones. En la designación se buscaba con frecuencia relación de amistad y confianza entre el rey y el oficial, si bien se acudió a menudo a la concesión de oficios por interés político y parentesco. Aunque se terminó ... (ver texto completo)
Como resultado de toda una serie de circunstancias adversas, con repetidos azotes de epidemias o de hambrunas, malas cosechas, devastaciones militares y catástrofes naturales se frena el crecimiento demográfico allá por la tercera década del S. XIV, con lo que los pueblos no volvieron a exigir demandas de tierra de labor. Da la sensación que la población rural trata de encontrar un régimen demográfico distinto, debido a los atropellos sistemáticos de los poderosos y al aumento de la mortandad, con ... (ver texto completo)
Como casi todos los meses, nuestros antepasados nos dejaron un día señalado para que toda la comunidad participara en algún acto colectivo. El mes pasado fue la puesta de largo de nuestras jóvenes y éste toca el recuerdo de los que nos precedieron. Tanto unas fiestas como estos eventos hacen que los que salieron de su lugar de origen se animen a retornar por un día para encontrarse con algún compañero de juego o amigo de la infancia con el que ya apenas mantenemos relación y de paso dar un pequeño ... (ver texto completo)
Cuando el Rey se encontraba ausente del territorio, se hallaba en minoría de edad o cuando hacía dejación de gobierno existía la figura del Valido. En León y Castilla recaía en su hijo primogénito, la reina, un hermano o, incluso, un magnate, las personas sobre las que recaía interinamente el gobierno. Como representantes del rey estaban investidos de amplias competencias.
Durante la Edad Media, el Rey gobierna rodeado de una serie de personas, generalmente nobles y prelados que le aconsejan y le ... (ver texto completo)
Los cambios bajomedievales.- Despoblación y recolocación competitiva.- La crisis de rentas refleja las dificultades e incluso incapacidades de reproducción de las relaciones de clase de una forma regular, acabó poniendo en entredicho la hegemonía política y el dominio económico en las relaciones de distribución de los excedentes por parte de los poderosos. La presión fiscal había terminado dejando sentir sus efectos entorpeciendo el ordinario crecimiento material y la normal consecución de excedentes con los que se debía satisfacer las exigencias tributarias sin poner en peligro el mantenimiento de las propias familias pecheras y de sus bienes. La caída de las rentas y la crisis agraria hizo que se diesen graves desequilibrios sociales y luchas de todos contra todos. Esto unido a la violencia militar o legal, epidemias y hambrunas fueron circunstancias que ahondaron la crisis.
Las décadas iniciales del S. XIV supuso para los caballeros un avance en el control de los mecanismos de poder de los concejos y unas mayores posibilidades para la constitución de espacios jurisdiccionales propio.
En el S. XIV seguían existiendo espacios vacantes sobre todo en la serranía salmantina donde era posible cazar osos y jabalíes durante todas las estaciones del año. Así pues, no es la falta de espacios desocupados, sino los impedimentos sociales y físicos, derivados de los derechos de los medios de producción lo que al final determinó ciertos desajustes en la combinación que existía entre fuerzas productivas y relaciones sociales de producción.
Al no existir una correlación entre población y recursos, por falta de tierra en algunas comunidades se terminó por producir una crisis demográfica. Probablemente esta crisis tocó fondo en la segunda mitad del S. XIV pero con consecuencias hasta las primeras décadas del S. XV
De la H. de Salamanca. (35) ... (ver texto completo)
Hoy he dado una vuelta por Barbadillo y me sorprendió el toque de tamboril en la plaza. Antes repique de campanas, misa (con participación de algunos antiguos alumnos) y fiesta en honor de una de las maestras recien jubiladas. Mis mejores deseos para estos maestros que nos ayudan y enseñan parte de la cultura que luego hemos de demostrar en la vida. Espero que ellos puedan llevar un grato recuerdo de nuestro pueblo.
(Leo, Hortensia falleció hace unos años, su hija Mª Tere tiene el hotel de la Rad, ... (ver texto completo)
En el año 1272 en Castilla se alzan los nobles contra Alfonso X por no guardarles sus fueros, por mermar su jurisdicción, y por no tener en su corte alcaldes conocedores del derecho de la tierra. También en 1282 el mismo Rey fue contestado por los nobles por no respetar los derechos sucesorios de su hijo Sancho llegándose a desconocerle como rey. Asimismo la nobleza se sublevó contra Pedro I, Juan II y Enrique IV. También las Hermandades castellanas de finales del S. XIII se reservaban el derecho de alzarse contra el rey si no gobernaba rectamente.
Por otra parte estaba el concepto pactista, en el que la monarquía resultaba ser como un pacto entre el rey y el pueblo (entendiendo que en la Alta Edad Media únicamente lo componían la nobleza y el alto clero, y a partir de la Curia celebrada en León en 1188 también los representantes de las ciudades) derivado del juramento que prestaba el monarca de regir con justicia el reino guardando sus leyes y costumbres, y del asentimiento de los estamentos de la población a someterse al poder real, lo que supeditaba al monarca al acatamiento de las leyes del reino y daba la posibilidad al pueblo de resistirse a los mandatos de un rey que los incumpliera. Asimismo las decisiones del rey contrarias a tal ordenamiento constituían una violación del mismo en tanto que la función que justificaba su poder real llegaba a vincular su actuación de “hecho limitada” tanto en la esfera legislativa, como en la judicial o en la gubernativa. En consecuencia, las cartas puebla, los fueros, y los privilegios adquirieron formas de pacto, pues aunque el rey podía legislar había que hacerlo dentro de unos límites muy precisos, derivados del viejo derecho que venía acompañado de una constelación de derechos subjetivos.
Entre los agravios más comúnmente cometidos por el Rey eran la emisión de cartas desaforadas, es decir, cartas en las que hacía concesiones generales o particulares en relación a la provisión de oficios, a la imposición de nuevos tributos, a asuntos de justicia, etc., cuyo contenido trascendía los límites en los que había pactado contener su actuación. Las cartas desaforadas revestían una particular gravedad cuando vulneraban el derecho producido en las Cortes o los derechos de los municipios en cuyo caso desencadenaban fuertes reacciones por parte de esas corporaciones.
El reparto de agravios consistía en que el rey anulase la disposición que había ocasionado el agravio dictando otra disposición reparadora que anulaba la primera y adquiría automáticamente rango de ley principal del reino que quedaba con ello reparado y fortalecido.
También existía la fórmula “obedézcase, pero no se cumpla”, esta norma se aplicaba cuando alguna iniciativa legislativa del rey lesionaba algún derecho adquirido.
Desde siempre existió una pugna entre el poder real y el poder señorial, este se agudizaba más en aquellos territorios en que la corona debía compartir derechos o ceder atribuciones a grupos o instituciones señoriales y se hicieron más patentes cuando la monarquía era débil frente a la nobleza, necesitando de la misma como Enrique II en la disputa del trono a su Hermanastro Pedro I dando numerosas mercedes a la nobleza para que a costa del realengo apoyara su entronización. Juan II y Enrique IV también hicieron importantes enajenaciones. Los Reyes Católicos intentaron frenar esta competencia reforzando el poder real.
De la H. del Derecho y de los Pueblos. 36 ... (ver texto completo)
Poblamientos intercalares y nuevos poblamientos.- Desde mediados del S. XIII ya no tiene sentido el reparto masivo de tierras para atraer a nuevos colonizadores o incrementar la población existente. Desde los últimos años del reinado de Alfonso X, todos los concejos salmantinos, a excepción de los de C. Rodrigo y Salamanca se encuentran bajo la órbita de diversos señores. Durante este periodo los concejos urbanos toman diversas medidas que repercutieron en un sentido positivo en el mantenimiento ... (ver texto completo)
Hola a todos, poco puedo deciros del pueblo y su fiesta de las madrinas porque no he tenido oportunidad de estar en ella. Tampoco si esta fiesta continuará al no haber jóvenes que vivan o residan en el pueblo, si acaso descendientes que más que por ellas, por ilusión de sus padres la continúen.
Lo que si he notado es que aquella idea primera de puesta de largo de las jóvenes que cumplían los 21 años ha cambiado. En primer lugar por que ya apenas residen en el pueblo (si acaso de forma temporal) ... (ver texto completo)
FUNDAMENTOS Y NATURALEZA DEL PODER DEL REY.- Hasta el S. XIII todos los ordenamientos jurídicos estaban sujetos a la obediencia de dos tradicionales poderes: el espiritual, encarnado por el Papa, y el temporal representado en la figura del Emperador desde la que se transmitió a los Reyes que acabaron por desvincularse de la autoridad imperial.
El despegue de las tendencias hacia la secularización del Estado que desde comienzos del S. XIII comenzaron a producirse en el ámbito universal de la Cristiandad ... (ver texto completo)
Las murallas de las villas con concejo no sólo era una construcción defensiva, sino todo un emblema señorial para el entorno rural y un límite de la desigualdad social y fiscal que las distintas normas consutuedinarias o legales refrendaban. En las puertas de las murallas o en los “fielatos” que había junto a ellas se cobraban portazgos y otros tributos a mercaderes y aldeanos que penetraban en la villa. La residencia dentro o fuera de los muros marcaba una clara línea de separación discriminatoria ... (ver texto completo)
Hace unos quince días fuimos noticia por la desaparición de una joven de nuestro pueblo, afortunadamente hubo final feliz.
El próximo domingo, dos jovencísimas mujeres serán noticia por continuar una tradición muy propia de nuestro pueblo, "LAS MADRINAS" que pasen un feliz día en compañía de todos sus familiares, arropadas con los mejores deseos para sus vidas.
Un saludo. Rober
La Monarquía Medieval.- La sucesión al trono en el reino Astur-leonés se inspiró en la monarquía visigoda siendo mezcla de elementos del principio electivo y del hereditario, según lo cual los Reyes eran en principio designados por la nobleza laica y eclesiástica. Para la ordenación del rey se practicaba la aclamación al trono consistente en un acto formal, una vez que se hizo hereditaria esta aclamación fue sustituida por la unción solemne y la coronación ante la asamblea de nobles y clérigos. Siendo ... (ver texto completo)
EL FINAL DE LA COLONIZACION
En las décadas centrales del S XIII, todos los territorios de la provincia e incluso del otro lado de las montañas, llegando a la Transierra y que poco a poco habían ido quedando desgajados del original alfoz salmantino, se había convertido ya de manera definitiva en zonas de retaguardia dentro de la corona de Castilla. La función militar se había convertido en función política, existiendo abundantes núcleos estables de población muy cercanos entre ellos y con un escasísimo ... (ver texto completo)
El parque está situado junto al regato que llevaba a las antiguas pozas, cerca de la toma y al lado de donde comenzaban las eras. Si no me equivoco es lo que llamaban antes el huerto de Carolo. Se hizo cuando Nazario fue alcalde.
Antiguamente estaba acompañado de unos cortinos pertenecientes al Sr. Recaredo pues pasaron al Sr. Emiliano.
A finales de los años 60, cuando Iberduero construyó la presa de Almendra se llevó a cabo la variante de carretera desde la fábrica, bordeando el pueblo, hasta ... (ver texto completo)
Como obra importante Alfonso X nos deja “Las Partidas” cuyo texto se nos presenta como una enciclopedia de derecho sistematizado y ordenado en siete partes o partidas.
En la Primera trata “de todas las cosas que pertenecen a la santa fe católica que facen al hombre conocer a Dios por creencia” donde se recogen temas de materia eclesiástica como el estatuto de los prelados, clérigos, votos, pernas de excomunión, beneficio de los clérigos, diezmos, bienes, procuraciones, censos, pechos, etc.
En la ... (ver texto completo)
La consolidación de unos espacios de dominio, recurriendo en a veces a la guerra, hizo que los concejos de las ciudades y villas organizaran definitivamente sus áreas de dominio. En tal sentido se realizan unas divisiones internas de los términos concejiles a lo largo del S. XIII llamadas “sexmos” “cuartos” en el alfoz de Alba de Tormes y en Salamanca es cuando aparecen los “cuartos” de Armuña, Villoria, Baños y Peña del Rey. En Ledesma el territorio es dividido en “rodas” y “veredas”, entre ellas ... (ver texto completo)
Gracias Manuel y a todos aquellos que se alegran con la victoria de los modestos. Son los que nos enseñan que también, sin pertenecer a grandes y poderosos, se puede llegar a conseguir metas. Los que tienen lo mejor; más dinero; más influencia; buenos padrinos, etc, poco le cuestan las cosas, pues para que abanicarlos tanto que entre ellos se lo guisen y se lo coman. Personalmente prefiero otros modelos tanto sociales como personales. Un saludo. Rober
Aupa mi Atleti de Madrid; de nuevo el equipo colchonero ha ganado la Supercopa. Los que somos aficionados de este equipo merece la pena, sin ser los favoritos, ni tener grandes estrellas, ni tanto seguimiento mediático como R. Madrid y Barcelona. Nos llevamos la Super ante el Campeón de Europa con un juego y una entrega como auténticos Campeones.! AUPA MI ATLETI! Rober
En los S. XI y XII aparecen en Castilla los primeros signos de recepción del Derecho común por la influencia de alumnos y profesores de España en Bolonia y el nacimiento de las primeras universidades a lo largo del “Camino de Santiago” (Palencia, León, Zamora y Salamanca). En el S. XIII ya se había desarrollado el método de los glosadores en su doble vertiente: civil y canónica. En toda Europa se va a tratar de codificar los derechos propios, autóctonos, utilizando el Derecho común.
En Castilla ... (ver texto completo)
Sobre el primer cuarto del S. XII existe una indefinición tanto del poder concejil como eclesiástico y una indeterminación de términos y donde da la impresión de no existir desigualdades sociales marcadas, estas se van realizando a medida que avanza el siglo donde se van añadiendo clausulas a los fueros hasta que a mediados del S. XIII se han terminado por definir unos concejos urbanos como instituciones que, incluso manteniéndose dentro del realengo, han conseguido mantener un elevado grado de autogobierno y autonomía. Si bien las decisiones más trascendentales para los habitantes de las villas y las aldeas de sus término las tomaban los grupos de caballeros que habían logrado introducirse en los concejos y dominarlos.
Si el elemento local sustituyó de hecho en el gobierno municipal a los representantes del rey no fue debido a una enemistad entre los concejos urbanos y los sucesivos monarcas, sino a una coincidencia de intereses entre la monarquía y unos minoritarios sectores locales. Por lo que las injerencias regias en asuntos locales y de enorme trascendencia para los concejos y todos los habitantes de sus términos suelen ser habituales como en la repoblación de términos, delimitarlos, e incluso donar parte de los mismos o bien sacarlos del realengo, siendo la principal beneficiada la iglesia y algunos hombres.
La superioridad de la monarquía se manifiesta también con la “señorialización” de algunos concejos urbanos con todos sus términos. Esto ocurre en una etapa tardía, en momentos en que la tarea colonizadora está superada, es decir, cuando el peligro de frontera está alejado y el mapa de distribución de villas y alfoces puede darse por concluido, es cuando comienzan a salir del realengo comarcas enteras que son cedidas a particulares. Tal fenómeno señorializador coincide con el final de la necesidad de buscar apoyos sociales para el control del territorio, además de coincidir con el afianzamiento definitivo de la monarquía feudal castellana.
Una de las primeras cosas que solían hacer los nuevos dueños al tomar posesión de estos señoríos era la promesa de respetar los “usos e costumbres” de las tierras que acababan de recibir, así como los “privillejos, libertades e franquezas” de quienes ya controlaban los concejos.
La función militar de los concejos, importante en las primeras etapas, ya había dado paso a una consolidada funcionalidad política de contenidos jurisdiccionales y fiscales.
No siempre reinó la paz entre los distintos concejos, algunos se vieron mezclados en guerras y devastaciones por parte de las milicias concejiles del otro bando.
De la H. de Salamanca. (32) ... (ver texto completo)