Este viernes, 9 de mayo, estrenamos Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad, que endurece las sanciones aunque da más facilidades para abonarlas, y prevé el aumento de la velocidad máxima en algunos tramos. Desvelamos las novedades.
Este viernes, 9 de mayo, entra en vigor la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad, que endurece las sanciones, aunque da más facilidades para recaudar, y que prevé el aumento de la velocidad a 130 km/h en algunos tramos, así como su reducción en ciudad. Éstas son las principales novedades de la nueva ley:
Límites de velocidad
Se posibilita el aumento de la velocidad máxima a 130 km/h en algunos tramos. En las carreteras convencionales el límite será de 90 km/h.
Se plantea la creación de zonas de 20 y 30 km/h en ciudad. Estos cambios no serán efectivos hasta que no se apruebe el Reglamento.
Sanciones
Aumenta la cuantía de las multas por conducir con una tasa de alcohol en sangre que supere a la permitida en más del doble, para reincidentes y para personas que se nieguen a realizar la prueba. Pasa de 500 a 1000 euros y 6 puntos menos en el carné.
Se amplía el plazo para pagar las multas con un 50% de descuento de 15 a 20 días naturales desde que se notifica la sanción.
Se prohíbe específicamente la conducción con presencia de drogas ilegales en el organismo, con una sanción de 1000 euros.
Se permite la denuncia de un infractor por parte del agente sin necesidad de pararlo e identificarlo cuando esté realizando labores de control de tráfico y sea imposible su persecución.
Ciclistas
La nueva ley obliga a los menores de 16 años a utilizar el casco en ciudad.
No se podrá inmovilizar una bicicleta aunque su conductor sea multado por una infracción que sí implicaría la inmovilización en caso de tratarse de otro vehículo.
Se permite a los ciclistas circular por debajo de los límites de velocidad mínimos en determinadas vías.
Otras cuestiones
Se podrá inmovilizar un vehículo si transporta niños sin dispositivo de retención infantil.
Se prohíbe que los niños viajen en el asiento delantero, excepto cuando los traseros estén ocupados.
Se prohíbe el uso de detectores de radar, aunque sí están permitidos los avisadores. La multa por llevarlo es de 200 euros y 3 puntos menos en el carné.
Será obligatorio matricular en España los vehículos de extranjeros residentes
El conductor será el responsable si atropella a un animal en cotos de caza. Hasta ahora sólo lo era si había incumplido las normas de circulación ... (ver texto completo)
Este viernes, 9 de mayo, entra en vigor la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad, que endurece las sanciones, aunque da más facilidades para recaudar, y que prevé el aumento de la velocidad a 130 km/h en algunos tramos, así como su reducción en ciudad. Éstas son las principales novedades de la nueva ley:
Límites de velocidad
Se posibilita el aumento de la velocidad máxima a 130 km/h en algunos tramos. En las carreteras convencionales el límite será de 90 km/h.
Se plantea la creación de zonas de 20 y 30 km/h en ciudad. Estos cambios no serán efectivos hasta que no se apruebe el Reglamento.
Sanciones
Aumenta la cuantía de las multas por conducir con una tasa de alcohol en sangre que supere a la permitida en más del doble, para reincidentes y para personas que se nieguen a realizar la prueba. Pasa de 500 a 1000 euros y 6 puntos menos en el carné.
Se amplía el plazo para pagar las multas con un 50% de descuento de 15 a 20 días naturales desde que se notifica la sanción.
Se prohíbe específicamente la conducción con presencia de drogas ilegales en el organismo, con una sanción de 1000 euros.
Se permite la denuncia de un infractor por parte del agente sin necesidad de pararlo e identificarlo cuando esté realizando labores de control de tráfico y sea imposible su persecución.
Ciclistas
La nueva ley obliga a los menores de 16 años a utilizar el casco en ciudad.
No se podrá inmovilizar una bicicleta aunque su conductor sea multado por una infracción que sí implicaría la inmovilización en caso de tratarse de otro vehículo.
Se permite a los ciclistas circular por debajo de los límites de velocidad mínimos en determinadas vías.
Otras cuestiones
Se podrá inmovilizar un vehículo si transporta niños sin dispositivo de retención infantil.
Se prohíbe que los niños viajen en el asiento delantero, excepto cuando los traseros estén ocupados.
Se prohíbe el uso de detectores de radar, aunque sí están permitidos los avisadores. La multa por llevarlo es de 200 euros y 3 puntos menos en el carné.
Será obligatorio matricular en España los vehículos de extranjeros residentes
El conductor será el responsable si atropella a un animal en cotos de caza. Hasta ahora sólo lo era si había incumplido las normas de circulación ... (ver texto completo)