COMUNIDAD DE BIENES DE FUENCALIENTE DEL BURGO 1924.-PAGINA DECIOCHO
IMPUGNACIONES
21.-Los motivos reflejados en el apartado que antecede son los que han dado lugar a que este propietario venga impugnando la falta de restauración de la explotación 161 ante Minas y ante LAS CORTES DE CASTILLA Y LEON en Valladolid, así como exigiendo la licencia imprescindible para el funcionamiento de la explotación 1323, incluso con el informe del impacto medioambiental, oponiéndome rotundamente a la contestación ... (ver texto completo)
IMPUGNACIONES
21.-Los motivos reflejados en el apartado que antecede son los que han dado lugar a que este propietario venga impugnando la falta de restauración de la explotación 161 ante Minas y ante LAS CORTES DE CASTILLA Y LEON en Valladolid, así como exigiendo la licencia imprescindible para el funcionamiento de la explotación 1323, incluso con el informe del impacto medioambiental, oponiéndome rotundamente a la contestación ... (ver texto completo)
COMUNIDAD DE BIENES DE FUENCALIENTE DEL BURGO 1924.-PAGINA VEINTE
23.2.- De todos modos, si los responsables de la administración del capital recibido por estos arrendamientos han admistrado de buena fe y de modo legal y formal y decente todos estos ingresos, no existirá ningún inconveniente en presentar a los propietarios un estado de cuentas nítido y sin tapujos.
ILICITUDES E ILEGALIDADES
24.-Con el Código Penal en la mano, los arrendadores ajenos a la “propiedad”, cometieron e ilícito de “usurpación”; los propietarios firmantes el de “receptación”, y, los administradores del dinero dimanante del arrendamiento cuya propiedad correspondía única y exclusivamente a los herederos de aquellos 103 compradores, pero que lo invirtieron en pavimentar algunas calles del casco urbano de Fuencaliente, pavimentación que corresponde al Ayuntamiento pudieron perfectamente ser procesados por apropiación indebida y “malversación”
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE TODOS LOS COMUNITARIOS.
(Código Civil)
25.1.-.--Tanto para los propietarios incluidos en la ASOCIACIÓN JUNTA GESTORA DEL MONTE COTO REDONDO DE FUENCALIENTE como para aquellos propietarios no incluidos en la misma el hecho de ser parte de una Comunidad de Bienes en pro indiviso según sus respectivas cuotas de participación, obligatoriamente están sometidos a la Comunidad de bienes regulada en los Arts. 392 al 406 del Código Civil que resumiendo viene a decir:
25.2.-Hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece pro indiviso a varias personas.-A falta de contratos, o de disposiciones especiales, se regirá la comunidad por las prescripciones de este título. ... (ver texto completo)
23.2.- De todos modos, si los responsables de la administración del capital recibido por estos arrendamientos han admistrado de buena fe y de modo legal y formal y decente todos estos ingresos, no existirá ningún inconveniente en presentar a los propietarios un estado de cuentas nítido y sin tapujos.
ILICITUDES E ILEGALIDADES
24.-Con el Código Penal en la mano, los arrendadores ajenos a la “propiedad”, cometieron e ilícito de “usurpación”; los propietarios firmantes el de “receptación”, y, los administradores del dinero dimanante del arrendamiento cuya propiedad correspondía única y exclusivamente a los herederos de aquellos 103 compradores, pero que lo invirtieron en pavimentar algunas calles del casco urbano de Fuencaliente, pavimentación que corresponde al Ayuntamiento pudieron perfectamente ser procesados por apropiación indebida y “malversación”
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE TODOS LOS COMUNITARIOS.
(Código Civil)
25.1.-.--Tanto para los propietarios incluidos en la ASOCIACIÓN JUNTA GESTORA DEL MONTE COTO REDONDO DE FUENCALIENTE como para aquellos propietarios no incluidos en la misma el hecho de ser parte de una Comunidad de Bienes en pro indiviso según sus respectivas cuotas de participación, obligatoriamente están sometidos a la Comunidad de bienes regulada en los Arts. 392 al 406 del Código Civil que resumiendo viene a decir:
25.2.-Hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece pro indiviso a varias personas.-A falta de contratos, o de disposiciones especiales, se regirá la comunidad por las prescripciones de este título. ... (ver texto completo)